Programa Vodafone - Elegibilidad

Este programa está actualmente disponible exclusivamente para las ONG, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro registradas como tales en el Estado Español.

Los productos/servicios objeto de este convenio serán entregados exclusivamente a las entidades que reúnan los requisitos y en ningún caso a personas físicas.

Se considera que reúnen los requisitos para recibir las donaciones de Vodafone España, S.A.U. a través de este programa a las entidades que desarrollan los siguientes tipos de actividades:

  • Necesidades básicas humanas, por ejemplo:
  • Centros de acogida y refugios
  • Casas de acogida para la tercera edad 
  • Ayuda y alojamiento para personas sin hogar 
  • Cuidados y alojamiento para niños y huérfanos 
  • Distribución de alimentos 
  • Ayudas para cubrir las necesidades básicas, incluyendo financiación 
  • Formación laboral / habilidades básicas / ayuda en el trabajo 
  • Acceso al agua potable
  • Fomento de la educación
  • Fomento del bienestar social y de la comunidad
  • Fomento de la cultura
  • Fomento de la protección medioambiental
  • Otros fines de beneficio para la comunidad
  • Organizaciones de ayuda humanitaria y de intervención en desastres naturales
  • Asociaciones benéficas dedicadas a actividades con fines sociales
  • Asociaciones para la integración social y laboral de colectivos desfavorecidos
  • Entidades sin ánimo de lucro que proporcionan servicios de salud mental, ayuda contra las dependencias y otros servicios psico-sociales

  • Así mismo, se considera que los siguientes tipos de entidad reúnen los requisitos para recibir las donaciones de Vodafone España, S.A.U.:

  • Los siguientes tipos de entidad NO reúnen los requisitos para recibir las donaciones de Vodafone España, S.A.U. a través de este programa:

    • Asociaciones comerciales que no sean benéficas. Patrocinio de eventos, mesas, exposiciones o actuaciones
    • Eventos para recaudar fondos como comidas, cenas, marchas, carreras populares, torneos
    • Organizaciones políticas, sindicalistas o gremiales
    • Cualquier organización que abogue, apoye, o practique algún tipo de discriminación basada en criterios de raza, religión, edad, identidad étnica, origen nacional, lengua, tamaño, género, orientación sexual, situación socioeconómica, o discapacidad
TÉRMINOS Y CONDICIONES
  1. Objeto.- La entidad beneficiaria, acepta la donación realizada por Vodafone a través del “Programa DONO”, de conformidad con todas y cada una de las Condiciones establecidas en el presente documento las cuales se obliga a cumplir.
  2. Duración.- El objeto de la donación tendrá una duración de un año desde la activación del servicio. Una vez transcurrido el citado periodo, Vodafone procederá a la cancelación del mismo.
  3. Obligaciones de la entidad beneficiaria.- La entidad beneficiaria estará obligada a hacer un uso razonable del producto y/o servicio donado conforme a las posibilidades y fines para los que está concebido, bajo los principios de buena fe y con respeto a la legalidad vigente y a los derechos de la propia Vodafone y de terceros, y a no ceder el derecho a la utilización del producto y/o servicio donado sin el consentimiento previo y por escrito de Vodafone, de conformidad con las presentes condiciones.

    El producto y/o servicio cedido por Vodafone a la entidad beneficiaria, sólo podrá ser utilizado por ésta durante el periodo de un año y será responsabilidad exclusiva de la entidad beneficiaria la custodia diligente y confidencial de los mismos, así como cualesquiera daños y perjuicios que eventualmente pudieran derivarse de su uso por terceros en razón de la falta de diligencia o confidencialidad en su custodia por la entidad beneficiaria.

    Asimismo, la entidad beneficiaria se compromete a incluir un banner en su página web con enlace a la página web de Vodafone o comunicar el patrocinio siempre que sea posible.
  4. Obligaciones de Vodafone.- Vodafone no asumirá responsabilidad alguna de los daños y perjuicios que, como consecuencia del uso del producto y/o servicio objeto de donación, se genere a la entidad beneficiaria o a cualquier tercero que se vea afectado directa o indirectamente por las consecuencias de uso del mencionado servicio, asumiendo la entidad beneficiaria las consecuencias derivadas de los daños y perjuicios ocasionados a estos terceros.
    Vodafone está facultado, en caso de uso fraudulento o en contra de los principios de buena fe, por parte de la entidad beneficiaria, a la suspensión, cancelación y/o restricción de los productos y/o servicios donados. De igual forma, dicha restricción se llevará a cabo en caso de incumplimiento, por parte de la entidad beneficiaria, de las condiciones establecidas en el presente documento.
  5. Desconexión de determinados servicios.- Vodafone informa a la entidad beneficiaria de la desconexión de las llamadas de tarifas superiores, servicios de tarificación adicional y llamadas internacionales.
  6. Seguridad.- La entidad beneficiaria es responsable de la custodia diligente y el mantenimiento de la confidencialidad de las contraseñas, claves de acceso o sistemas de cifrado o encriptación de comunicaciones, que sean facilitados por Vodafone. Dichos mecanismos de seguridad sólo podrán ser utilizados por la entidad beneficiaria.
  7. Cumplimiento del Contrato y Uso Lícito del Servicio.- La entidad beneficiaria se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas en el presente documento y a hacer un uso lícito del Servicio prestado, conforme a los principios de la buena fe, y no podrá obtener un beneficio económico, por la utilización del Servicio, distinto del derivado de este Contrato, ni utilizar su condición de Cliente para llevar a cabo una actividad empresarial, profesional o económica cuyo objeto sea revender el Servicio prestado por Vodafone o explotar el Servicio para otros fines en cualquier forma. El incumplimiento o la apreciación objetiva, por parte de Vodafone, del riesgo de incumplimiento de las obligaciones anteriormente citadas, supondrá la resolución automática del Contrato.

    El Cliente, con la finalidad de que Vodafone preste un Servicio adecuado y seguro, autoriza a Vodafone a utilizar tecnología de filtrado u otras medidas de seguridad con el fin de garantizar los derechos del Cliente y evitar el fraude o el uso ilícito o irregular del Servicio.
  8. Cesión.- Ninguna de las partes podrá ceder el presente Contrato, total o parcialmente, a terceros sin el consentimiento previo de la otra parte. A estos efectos, no tendrán la consideración de terceros las sociedades pertenecientes al Grupo Vodafone.
  9. Notificaciones.- A efectos del envío de correspondencia y de cualquier tipo de comunicación o notificación, se considerarán válidos los correos electrónicos dispuestos al efecto y establecido en el punto cuarto. Vodafone se reserva el derecho de cambiar el citado correo electrónico con la simple comunicación a la entidad beneficiaria.
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